ACAPULCO, Gro., 8 de julio de 2020.-El diputado Marco Antonio Cabada Arias(Morena) propuso una iniciativa de reforma al artículo 170 del Código Penal del Estado de Guerrero relativo al “Peligro de Contagio”, para castigar con uno y hasta 10 años de cárcel a quien de manera “dolosa” transmita alguna enfermedad que ponga en riesgo la salud y la vida de otro u otros.
De acuerdo con un boletín, al presentar la iniciativa, el legislador expuso que durante las últimas semanas las autoridades han informado del preocupante aumento de enfermos de Covid-19 en el país y en Guerrero, por lo cual es necesario reforzar las medidas de prevención, ya que muchas personas,sabiendo que son portadoras del virus, realizan actividades de manera imprudencial y algunas de forma dolosa, exponiendo al contagio por vía directa a personas sanas que circulan por las calles y lugares concurridos.
Esto, señaló el legislador, se puede llamar “contagio doloso o malicioso”, ya que los portadores del virus tienen pleno conocimiento de su condición de salud.
De esta manera, se considerará “Peligro de Contagio” cuando alguien, con conocimiento de que padece una enfermedad grave en período infectante, pone en peligro la salud de los demás por relaciones sexuales u otro medio transmisible o de contagio, y se le impondrán de uno y hasta 10 años de prisión, y de 50 a 500 días multa.
En una segunda iniciativa, el legislador propuso tipificar como delito la “Violencia Física Simple”, para prevenir que una persona en público y fuera de riña propine a otro cualquier golpe simple para intimidar, doblegar, destruir o desaparecer objetos, documentos, bienes, valores o recursos económicos.
Plantea que a quien agreda a una persona con una bofetada, puñetazo, escupitajo o empujón; sujete, inmovilice o cause daño psicoemocional de manera verbal para realizar prácticas sexuales no deseadas o que generen dolor, se le aplicará de uno a tres años de prisión y multa de diez a cincuenta salarios mínimos.
Mientras que, en una tercera iniciativa, Cabada Arias propuso tipificar el delito de “Pánico Sanitario”, para castigar con dos y hasta diez años de prisión a quienes mediante el uso de cualquier medio o sistema de comunicación divulguen o reproduzcan información falsa o inexacta entre la población sobre las contingencias sanitarias, con el objeto de crear incertidumbre o pánico que perturbe la paz pública u obstruya el buen funcionamiento de los servicios públicos.
Dicha pena se aumentará hasta en una mitad cuando la información respecto a las emergencias o contingencias sanitarias, enfermedades o epidemias, sea exclusivamente facultad del Estado emitirla.
Estas iniciativas al Código Penal del Estado de Guerrero fueron turnadas a la Comisión de Justicia para su análisis y emisión del dictamen correspondiente.
Reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre
El diputado Marco Antonio Cabada también presentó una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para establecer la Dirección de Asuntos Indígenas y Afromexicanos en aquellos municipios con notoria presencia de estos sectores sociales,que promueva el respeto a estas culturas, y atienda y sancione actos que los marginen o denigren, a través de los mecanismos legales previstos, entre otras acciones. La iniciativa se turnó a la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación.
El legislador justificó que los pueblos indígenas y la comunidad afromexicana exigen de manera pronta una transformación que les permita el derecho a decidirlibremente sobre los asuntos vitales de la vida pública, y que se administren los recursos públicos de manera transparente y honesta, de acuerdo con sus necesidades y garantizando la promoción de su desarrollo de una manera integral y sustentable.
Fuente: Quadratín Guerrero