CIUDAD DE MÉXICO, 10 de octubre de 2022.- La Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, presidida por el diputado Erasmo González Robledo (Morena), aprobó con 27 votos a favor, 26 en contra y cero abstenciones, el dictamen que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para establecer que, tratándose del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda realizar aportaciones adicionales consistentes en activos financieros.

Además, en caso de que durante el ejercicio fiscal correspondiente se presente un ahorro o economías presupuestarias en el costo financiero de la deuda del Gobierno Federal, se podrán efectuar las adecuaciones presupuestarias compensadas correspondientes para destinarlas al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, conforme lo determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En los transitorios, precisa que el Ejecutivo federal deberá realizar las reformas necesarias al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria de conformidad con lo previsto en este Decreto, dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.

También, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá realizar las modificaciones necesarias a las reglas de operación del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y al contrato de Fideicomiso constituido para la administración de los recursos aportados a dicho Fondo, dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor de las reformas al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a que se refiere el Transitorio Segundo del presente Decreto.

El dictamen a la iniciativa promovida por el Ejecutivo Federal, el pasado 8 de septiembre, tiene el propósito de que la Secretaría pueda realizar aportaciones en favor de la capitalización y el fortalecimiento del FEIP, además de cumplir con las metas fiscales establecidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el gasto en el Ramo 24.

Considera que en un contexto externo en el que pueden presentarse retos importantes para las finanzas públicas del país, es necesario establecer mecanismos adicionales para que los ingresos del Gobierno Federal se cuiden y utilicen ante condiciones económicas o sociales adversas.

Menciona que el FEIP es una herramienta toral para la estabilidad de las finanzas públicas del país, por lo que se estima adecuado fortalecerla a través de las adiciones propuestas por el Ejecutivo Federal.

De acuerdo con la valoración de impacto emitido por el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), se concluye que la eventual aprobación de la Iniciativa no tendría impacto presupuestario para el Erario Federal, en virtud de que solamente establece un mecanismo para fortalecer el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios.